
Triple femicidio con sello narco: buscan que intervenga la Justicia Federal
La fiscalía pidió la prisión preventiva de los ocho detenidos y advirtió que el crimen fue ejecutado por una estructura vinculada al tráfico internacional de drogas.
La restricción estará vigente hasta el domingo a las 21. Qué actividades están prohibidas y qué sanciones prevé el Código Electoral.
Pasó en Argentina24 de octubre de 2025
Sofia Seirgalea
Desde las 8 de la mañana de este viernes quedó activa la veda electoral de cara a las elecciones 2025. Se trata de las 48 horas previas al inicio de los comicios en las que queda terminantemente prohibido realizar actos, mensajes o acciones que puedan influir en el voto de la ciudadanía. El objetivo: garantizar un período de tranquilidad y reflexión antes de ir a las urnas.
La prohibición alcanza a candidatos, partidos políticos, medios de comunicación y ciudadanos comunes. La veda se extenderá hasta el domingo a las 21, tres horas después del cierre de los centros de votación.
Qué no se puede hacer durante la veda
El Código Electoral Nacional establece una serie de actividades restringidas:
Actos públicos de campaña o difusión de mensajes proselitistas.
Publicación de encuestas, sondeos o proyecciones electorales.
Organización de espectáculos masivos: recitales, eventos deportivos, fiestas públicas.
Venta de bebidas alcohólicas desde el sábado a las 20 hasta tres horas después del cierre.
Portar armas, banderas o distintivos partidarios durante el día de la elección.
Tomar fotos de la boleta dentro del cuarto oscuro.
Sí están permitidas las reuniones privadas sin contenido político y la actividad comercial y circulación normal, salvo los casos expresamente prohibidos.
Qué multas y penas rigen
Las consecuencias por violar la veda pueden ser severas:
Multas de entre $10.000 y $100.000 por hacer campaña o publicar avisos fuera de plazo.
Multas del mismo rango para quienes difundan encuestas durante la veda.
De 15 días a 6 meses de prisión por vender alcohol en el período prohibido.
Hasta 2 años de cárcel para quienes induzcan a otro a votar o abstenerse mediante engaño.
Hasta 3 años de prisión por intentar vulnerar el secreto del voto.
Incluso la Justicia Electoral puede interrumpir eventos en curso para garantizar el cumplimiento inmediato de la norma.
Con la campaña silenciada, comienza el período de reflexión: las próximas horas están en manos de los votantes. El próximo movimiento será en las urnas.

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