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El tribunal dejó sin efecto la resolución de una jueza de Río Gallegos y aplicó la restricción derivada de la condena en la causa Vialidad.
Pasó en Argentina15 de septiembre de 2025
Sofia Seirgalea
La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió este lunes excluir a Cristina Fernández de Kirchner del padrón electoral, lo que le impedirá participar en las elecciones legislativas de octubre. La decisión dejó sin efecto el fallo de la jueza federal de Río Gallegos, Mariel Borruto, que había dispuesto mantenerla habilitada para sufragar a pesar de la condena que pesa sobre ella en la causa Vialidad.
Los camaristas Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas fundamentaron la resolución en la condena a seis años de prisión contra la exvicepresidenta, ratificada por la Corte Suprema, por administración fraudulenta en perjuicio del Estado. De este modo, dispusieron que se inscriba formalmente la inhabilitación correspondiente.
En Argentina, el Código Penal y el Código Nacional Electoral establecen que toda persona condenada con pena de prisión superior a tres años pierde automáticamente el derecho al voto. Aunque la propia CNE había declarado inconstitucional la aplicación automática de esa restricción, aclaró que en delitos graves —como corrupción, narcotráfico, malversación de fondos públicos o lavado de dinero— el legislador puede justificar la pena accesoria de inhabilitación.
Según los jueces, corresponde analizar el tipo de delito y las circunstancias del caso para determinar si el castigo adicional resulta válido. En este escenario, sostuvieron que la exclusión de Cristina Kirchner del padrón es procedente, dada la gravedad de la condena.
La jueza Borruto, en cambio, había argumentado que impedirle votar implicaba violar estándares constitucionales e internacionales. En su resolución citó antecedentes como el “Caso Zelaya”, donde la CNE había advertido que la prohibición automática vulnera derechos fundamentales, entre ellos el sufragio, la igualdad y la dignidad humana.
“El derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos y elegir a sus representantes integra el núcleo de los derechos humanos reconocidos por los tratados internacionales con jerarquía constitucional”, había sostenido la magistrada al justificar su decisión de mantenerla en el padrón de Santa Cruz.
Con el nuevo pronunciamiento de la Cámara Nacional Electoral, queda firme la inhabilitación de Cristina Fernández de Kirchner para votar en octubre, en línea con la condena que la Corte Suprema dejó ratificada. La discusión, sin embargo, reaviva el debate sobre los límites entre el derecho al sufragio y las penas accesorias en delitos vinculados a la corrupción y la administración pública.

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